Los cuatro mossos habían sido condenados por la Audiencia de Barcelona por torturar en la comisaría de Les Corts de Barcelona a un ciudadano rumano al que habían detenido por error en 2006.
El indulto parcial otorgado por el Gobierno en febrero consistía en conmutar a los cuatro agentes todas las penas impuestas --de entre dos años y tres meses y cuatro años y medio-- por una única de dos años de prisión y suspensión de cargo público.
A pesar de que la actual condena de dos años de prisión otorgada en el indulto y la falta de antecedentes penales podrían ser condiciones para no tener que cumplir la condena, la Audiencia de Barcelona entiende que se tiene que ejecutar la sentencia y cumplir la pena.
La Sección Novena considera que no se tiene que suspender la ejecución de la pena mientras se tramitan los recursos presentados por los cuatro agentes --un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y otro ante el Supremo por petición de indulto-- como solicitaban, y requiere su ingreso en prisión en un plazo de 45 días.
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